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Legalización de Libros Oficiales

Presentación telemática obligatoria de los libros de contabilidad, de actas y de registro de socios ante el Registro Mercantil.

Telegaliza · Jávea

¿Qué es la Legalización de Libros y cuándo se realiza?

Todas las sociedades mercantiles están obligadas a realizar la **Legalización de Libros** oficiales de forma telemática en el Registro Mercantil. Este trámite otorga validez legal e inalterabilidad a los registros contables y societarios de la empresa frente a inspecciones o juicios.

Libros de contabilidad y libros societarios obligatorios

Se deben presentar obligatoriamente dos conjuntos de libros: los contables (Libro Diario y Libro de Inventario y Cuentas Anuales) y los societarios (Libro de Actas de las juntas y Libro Registro de Socios o de Acciones Nominativas). En nuestra **gestoría en Jávea**, nos encargamos de su confección y presentación digital segura.

Requisitos y Trámites
Plazo de 4 Meses La presentación debe realizarse en los 4 meses posteriores al cierre del ejercicio (límite el 30 de abril de cada año para cierres a 31 de diciembre).
Formato Digital PDF/Excel Exportación y encriptación de los libros contables siguiendo las directrices del Registro Mercantil.
Firma Digital del Administrador Firma digital representante de la sociedad para certificar el contenido de los libros.
Confía en nuestros gestores en Jávea para realizar tus trámites corporativos.
FAQ

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el último día para legalizar los libros?
Para ejercicios que coinciden con el año natural, el plazo límite de presentación es el 30 de abril de cada año.
¿Es obligatorio para sociedades inactivas?
Sí, las sociedades inactivas deben seguir legalizando sus libros de actas y de registro de socios anualmente, aunque presenten el diario sin movimientos.
¿Qué ocurre si los presento fuera de plazo?
Aunque no hay sanciones automáticas graves, presentarlos fuera de plazo se hará constar en la hoja de la sociedad y restará valor de prueba a los libros frente a inspecciones fiscales.
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