Al adquirir un inmueble en la Costa Blanca, debes liquidar impuestos autonómicos o estatales en un plazo improrrogable de **30 días hábiles** desde la firma en notaría.
Además del impuesto principal (ITP en viviendas usadas o IVA en obra nueva), en caso de que el vendedor sea un **no residente**, el comprador está obligado por ley a retener el **3% del precio de venta** e ingresarlo en Hacienda mediante el Modelo 211.